BASES DEL CONCURSO "Tienda González Byass - Otoño en la bodega"

 

1. EMPRESA ORGANIZADORA Y OBJETO.

GONZALEZ BYASS, S.A. con domicilio social en Jerez de la Frontera (España), calle Manuel María González 12, y NIF A11605276, (en adelante “Tienda González Byass”) organiza un concurso denominado “Tienda González Byass Otoño en la bodega” que se desarrollará de conformidad con lo establecido en las presentes bases con objeto de promocionar la tienda online de González Byass.

 

2. PODRÁN PARTICIPAR.

Podrán participar en él / las personas físicas, mayores de 18 años, residentes en España, que durante el ámbito temporal del Concurso, se inscriban en la landing page, y rellenen el formulario de inscripción correctamente. https://cloud.gonzalezbyass.site/sorteo-tienda o en las tarjetas de recogida de datos localizadas en distintos puntos de la bodega.

 

3.NO PODRÁN PARTICIPAR.

En todo caso, no podrán participar en el Concurso los empleados del Grupo GONZALEZ BYASS, ni las personas relacionadas profesionalmente con el Concurso. En el caso que resultara ganadora alguna de las personas excluidas de participación, ésta perderá el derecho al premio y se procederá a librar el premio a la siguiente persona que reúna las condiciones de participación válidas. Si una persona es excluida, la candidatura de la que forma parte se anulará automáticamente. Asimismo, los participantes deberán ser personas físicas que actúen en su propio nombre y derecho. En consecuencia, no se admitirá la participación a través de agencias y/o cualquier tercero distinto del participante. Se requerirá un documento oficial que acredite la identidad a los ganadores para verificar su verdadera identidad. Tienda González Byass, podrá declarar nulo el presente Concurso si detecta irregularidades en los datos identificativos de los participantes premiados. Igualmente, Tienda González Byass descartará aquellos participantes cuyos datos sean abusivos o fraudulentos.

 

4. ÁMBITO TEMPORAL.

El Concurso se desarrollará en el periodo comprendido entre el 11 de octubre de 2020 y el 26 de diciembre de 2020 a las 22.00 h, ambos incluidos. Tienda González Byass se reserva el derecho de ampliar, anular el Concurso o suspenderlo, o bien cambiar alguna(s) de su(s) condiciones si por causas técnicas o de cualquier otra índole ajenas a su voluntad no pudiera cumplir con el normal desarrollo de la misma, según lo estipulado en las presentes bases.

 

5. DESCRIPCIÓN DEL CONCURSO.

La participación en el Concurso es gratuita. Podrán participar en el sorteo todos los usuario que nos faciliten sus datos con el fin de poderles enviar información y novedades relacionadas con la Tienda González Byass mediante su inscripción a tal efecto en la landing page/formulario que se publicarán en las redes sociales de Facebook, Instagram o Twitter y mediante el QR publicado en diferentes espacios de la bodega durante las actividades de Otoño 2020, así como depositando una tarjeta debidamente cumplimentada en las urnas colocadas en la bodega durante este periodo. Entre todas las inscripciones correctamente realizadas conforme a las presentes bases, se elegirán 1 ganador y 1 suplente de forma aleatoria para el mes de octubre, otro para el mes de noviembre y otro para el mes de diciembre.

 

6. PREMIO

El ganador de cada mes recibirá una tarjeta valorada en 100€ para compra de productos en la tienda González Byass de la bodega TIO PEPE de Jerez, según stock disponible en el momento. No podrá quedar saldo restante en la tarjeta teniendo que consumir el importe total de una sola vez y completar el importe en metálico o tarjeta si fuera su compra superior a 100€.

 

7. PREMIO NO CANJEABLE.

El premio no es canjeable por dinero. En el caso de no poderse entregar, por cualquier causa, algún producto el cliente tendrá que elegir de entre los disponibles en la tienda en ese momento. El premio es una tarjeta por valor de 100€ iva incluido. Serán por
cuenta de los ganadores los gastos de envío a la dirección indicada o de traslado desde su lugar de origen hasta la tienda TIO PEPE se le atenderá en el horario previamente fijado por teléfono con el ganador.

 

8. MECÁNICA DEL CONCURSO.

El Concurso tendrá lugar en las instalaciones de la bodega y además podrá aparecer en las diferentes redes sociales de Instagram, Facebook y Twitter. Además se habilitará una urna en algún espacio de la bodega para fomentar la participación rellanando los datos en una tarjeta. Cada usuario podrá inscribirse una sola vez.

 

9. SELECCIÓN DE LOS GANADORES.

Una vez cerrado el plazo de cada mes, procedemos al sorteo del ganador y 1 suplente de este. Una vez que realizamos el sorteo por la página https://www.sortea2.com/sortear/numeros, evaluaremos que toda la inscripción es correcta y en caso de ser así, contactaremos con los beneficiados vía email. Los ganadores tendrán 72 horas desde que se les notifique como ganadores para confirmar su aceptación del premio. De no producirse dicha confirmación, el premio pasará al suplente.

 

10. CONSENTIMIENTO Y PROTECCIÓN DE DATOS.

De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo y demás normativa vigente en materia a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, le informamos que el responsable del tratamiento de cualquier dato personal facilitado por Vd. es GONZALEZ BYASS, S.A. y que dicho tratamiento se lleva a cabo con las siguientes finalidades:

  1. Enviarle comunicaciones comerciales periódicas sobre la tienda online de González Byass, así como sobre otros productos comercializados y servicios prestados por GONZALEZ BYASS, S.A.
  2. Gestionar su participación en el presente Sorteo y ponernos en contacto con Vd., en caso de que resulte ganador.
  3. Tramitar la entrega del premio.
  4. Gestionar la publicidad del Sorteo y sus resultados por cualquier medio, en los que se podrá incluir el nombre de los ganadores.

La base legal que permite legitimar este tratamiento es la prestación de su consentimiento expreso al participar en el presente Sorteo. Se comunicarán datos a terceros para poder llevar a cabo las finalidades objeto de este Sorteo. Para ejercitar los derechos de acceso, rectificación y supresión de los datos, así como otros derechos, deberá dirigirse a lopd@gonzalezbyass.es, indicando Refª “Sorteo Otoño en la bodega”.
Para obtener información ampliada sobre la Política de Privacidad de GONZALEZ BYASS, S.A., puede acceder a www.gonzalezbyass.com o bien dirigirse a lopd@gonzalezbyass.es.
Asimismo, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 34/2002 de Servicios de la Información y Comercio Electrónico Vd. autoriza a GONZALEZ BYASS, S.A. enviarle comunicaciones electrónicas a la dirección de e-mail facilitada con las finalidades antes descritas.

 

11. DERECHOS DE IMAGEN.

El ganador del Sorteo autoriza a GONZALEZ BYASS a reproducir y utilizar su imagen, nombre y apellidos, en cualquier actividad publi-promocional a través de cualquier medio –escrito o audiovisual-, relacionada directa o indirectamente con el Sorteo. Los participantes se comprometen a suscribir cualquier documento o autorización que pudieran ser necesarias para dicho uso, sin que la utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno, con excepción hecha de la entrega del premio ganado.

 

12. ACEPTACIÓN DE LAS BASES.

El participante acepta expresamente cumplir todas y cada una de las Bases de la presente promoción.

Se informa a los posibles participantes que el simple hecho de tomar parte en el Sorteo implica la total aceptación de las presentes bases.

El incumplimiento de alguna de las bases dará lugar a la exclusión del participante del presente Sorteo.

En caso de existir dudas o discrepancias en la interpretación de alguna de las presentes bases, GONZALEZ BYASS, realizará una interpretación atendiendo al espíritu y finalidad para la cual se ha creado el Sorteo.

Por motivos razonados, GONZALEZ BYASS podrá modificar las presentes bases una vez comenzado el sorteo.

 

13. INFORMACIÓN FISCAL.

De conformidad con la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones alternativas vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios pueden estar sujetos a retención o ingreso a cuenta. En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, GONZALEZBYASS practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al concursante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. El participante ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI o Tarjeta de Residente. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio. La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores necesarios para la entrega de los premios tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.

 

14. RESPONSABILIDADES.

Tienda González Byass no se hace responsable por la imposibilidad de registrar algún participante debido a un error en la captura de sus datos personales como consecuencia de la facilitación de datos falsos, incompletos o erróneos. Tienda González Byass no se hace responsable de las incidencias y sucesos de todo orden (por ejemplo, imposibilidad de registrar los datos de algún participante, interrupción o pérdida de conexión...) que sean provocadas por una avería en el programa informático debido a un caso de fuerza mayor; ni tampoco de las incidencias que tengan su origen en supuestos de fuerza mayor derivados de causas tales como una avería en la red telefónica, informática, eléctrica, provocadas por agentes externos naturales (atmosféricos, climatológicos), o bien por una deficiente prestación del servicio por parte de las compañías suministradoras del mismo. Tienda González Byass tampoco es responsable de los fallos que pueda tener la página de sorteos https://www.sortea2.com/sortear/números Tienda González Byass no se responsabiliza de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros o a internet que pudieran afectar a la participación en el presente Concurso y a la entrega del premio. Asimismo, no se responsabilizan del uso indebido del premio realizado por el ganador del mismo.

 

15. FUERO.

Para el conocimiento de cualquier litigio que pudiera plantearse en cuanto a la interpretación no aplicación de estas bases, tanto Tienda González Byass como los participantes se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Jerez de la Frontera, con renuncia expresa a cualquier otro derecho que le correspondiera o fuero si lo tuvieren.